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Bienvenido a QUMRÁN."La Iglesia - Ék-klessia-Esta integrada por los llamados aparte del Mundo por Dios y esta ha sido dividida en 1054 -Iglesia Católica e Iglesia Ortodoxa-. En 1516 por Martín Lutero - Iglesia Protestante- y en los siguientes años ha tendido ha desaparecer en lo referente a Historia, Liturgia y tradición por los embates de los llamados N M R -Nuevos Movimientos Religiosos-, portadores e influyentes sutíles de la llamada Nueva Era".Roberto Fonseca M.. Somos una fuente de información con formato y estilo diferente

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Bienvenido a Nomo QUMRÁN :"La Historia es una sola que se entré tejé con la económia,cultura,creencias, política y Dios la sostiene en el hueco de su mano y tú eres uno de sus dedos"

MISA FLEMENGA


Errores de Antonio de Rosmini-Serbati


[Condenados en el Decreto del Santo Oficio, de 14 de diciembre de 1887]

1. En el orden de las cosas creadas se manifiesta inmediatamente al entendimiento humano algo de lo divino en sí mismo, a saber, aquello que pertenece a la naturaleza divina.

2. Cuando hablamos de lo divino en la naturaleza, no usamos la palabra divino para significar un efecto no divino de la causa divina; ni tampoco es nuestra intención hablar de cierta cosa divina que sea tal por participación.

3. Así, pues, en la naturaleza del universo, es decir, en las inteligencias que hay en él, hay algo a que conviene la denominación de divino, no en sentido figurado, sino propio. Hay una actualidad no distinta del resto de la actualidad divina

4. El ser indeterminado que sin duda alguna es conocido de todas las inteligencias, es lo divino que se manifiesta al hombre en la naturaleza.

5. El ser que el hombre intuye es necesario que sea algo del ser necesario y eterno, causa creadora, determinante y finalizadora de todos los seres contingentes: y éste es Dios.

6. En el ser que prescinde de las criaturas y de Dios, que es ser indeterminado, y en Dios, ser no indeterminado, sino absoluto, hay la misma esencia.

7. El ser indeterminado de la intuición, el ser inicial, es algo del Verbo, que en la mente del Padre distingue no realmente, sino con distinción de razón, del Verbo mismo.

8. Los entes finitos de que se compone el mundo, resultan de dos elementos, a saber, del término real finito, y del ser inicial. que da a dicho término la forma de ente.

9. El ser, objeto de la intuición, es el acto inicial de todos los entes: El ser inicial es inicio tanto de lo cognoscible como de lo subsistente, es igualmente inicio de Dios, tal como por nosotros es concebido, y de las criaturas.

10. El ser virtual y sin límites es la primera y más esencial de todas las entidades, de suerte que cualquiera otra entidad es compuesta y entre sus componentes está siempre y necesariamente el ser virtual. Es parte esencial de todas las entidades absolutamente, como quiera se dividan por el pensamiento.

11. La quididad (lo que la cosa es) del ente finito, no se constituye por lo que tiene de positivo, sino por sus límites. La quididad del ente infinito se constituye por la entidad, y es positiva; la quididad, empero, del ente finito se constituye por los límites de la entidad, y es negativa.

12. La realidad finita no existe, sino que Dios la hace existir añadiendo limitación a la realidad infinita. El ser inicial se hace esencia de todo ser real. El ser que actúa las naturalezas finitas, que está unido a ellas, es cortado de Dios.

13. La diferencia entre el ser absoluto y el ser relativo no es la que va de sustancia a sustancia, sino otra mucho mayor; porque uno es absolutamente ser, otro es absolutamente no ser. Pero este otro es relativamente ser. Ahora bien, cuando se pone ser relativo, no se multiplica absolutamente el ser; de ahí que lo absoluto y lo relativo no son absolutamente una sustancia única, sino un ser único, y en este sentido no hay diversidad alguna de ser; más bien se tiene unidad de ser.

14. Por divina abstracción se produce el ser inicial, primer elemento de los entes finitos; mas por divina imaginación se produce el real finito, o sea, todas las realidades de que el mundo consta.

15. La tercera operación del ser absoluto que crea el mundo es la síntesis divina, esto es, la unión de los dos elementos, que son el ser inicial, común principio de todos los seres finitos, y el real finito, o mejor: los diversos reales finitos, términos diversos del mismo ser inicial. Por esta unión se crean los entes finitos.

16. El ser inicial por la divina síntesis, referido por la inteligencia —no como inteligible, sino meramente como esencia—, a los términos finitos reales, hace que existan los entes finitos subjetiva y realmente.

17. Lo único que Dios hace al crear es que pone íntegramente todo el acto del ser de las criaturas; este acto, pues, no es propiamente hecho, sino puesto.

18. El amor con que Dios se ama, aun en las criaturas, y que es la razón por la que se determina a crear, constituye una necesidad moral que en el ser perfectísimo induce siempre el efecto; porque tal necesidad, sólo entre diversos entes imperfectos deja íntegra libertad bilateral.

19. El Verbo es aquella materia invisible, de la que, como se dice en Sap. 11, 18, todas las cosas del universo fueron hechas.

20 No repugna que el alma humana se multiplique por la generación, de modo que se concibe que pase de lo imperfecto, es decir, del grado sensitivo, a lo perfecto, es decir, al grado intelectivo.

21. Cuando el ser se hace intuíble al principio sensitivo, por este solo contacto, por esta unión de sí, aquel principio antes sólo sintiente, ahora juntamente inteligente, se levanta a más noble estado, cambia su naturaleza y se convierte en inteligente, subsistente e inmortal.

22. No es imposible de pensar que puede suceder por poder divino que del cuerpo animado se separe el alma intelectiva y siga él siendo todavía animal; pues permanecería aún en él, como base de puro animal, el principio animal que antes estaba en él como apéndice.

23 En el estado natural el alma del difunto existe como si no existiera; al no poder ejercer reflexión alguna sobre sí misma o tener conciencia alguna de sí, su condición puede decirse semejante al estado de tinieblas perpetuas y de sueño sempiterno.

24. La forma sustancial del cuerpo es más bien efecto del alma y el término interior de su operación; por lo tanto, la forma sustancial del cuerpo, no es el alma misma. La unión del alma y del cuerpo propiamente consiste en la percepción inmanente, por la que el sujeto que intuye la idea, afirma lo sensible, después de haber intuído en ella su esencia.

25. Una vez revelado el misterio de la Santísima Trinidad, su existencia puede demostrarse por argumentos puramente especulativos, negativos ciertamente e indirectos, pero tales que por ellos aquella misma verdad entra en las disciplinas filosóficas en una proposición y se convierte en una proposición científica como las demás; porque si ésta se negara, la doctrina teosófica de la razón pura no sólo quedaría incompleta, sino que, rebosando por todas partes de absurdos, se aniquilaría.

26. Las tres supremas formas del ser, a saber: subjetividad, objetividad y santidad, o bien, realidad, idealidad, moralidad, si se trasladan al ser absoluto, no pueden concebirse de otra manera que como personas subsistentes y vivientes. El Verbo, en cuanto objeto amado, y no en cuanto Verbo, esto es, objeto en sí subsistente, por sí conocido, es la persona del Espíritu Santo.

27. En la humanidad de Cristo, la voluntad humana fue de tal modo arrebatada por el Espíritu Santo para adherirla al Ser objetivo, es decir, al Verbo, que ella le entregó a Éste íntegramente el régimen del hombre, y el Verbo lo tomó personalmente, uniendo así consigo la naturaleza humana. De ahí que la voluntad humana dejó de ser personal en el hombre y, siendo persona en los otros hombres, en Cristo permaneció naturaleza.

28. En la doctrina cristiana, el Verbo, carácter y faz de Dios, se imprime en el alma de aquellos que reciben con fe el bautismo de Cristo. El Verbo, es decir, el carácter, impreso en el alma, en la doctrina cristiana, es el Ser real (infinito) por sí manifiesto, que luego conocemos ser la segunda persona de la Santísima Trinidad.

29. No tenemos en modo alguno por ajena a la doctrina católica, que es la sola verdadera, la siguiente conjetura: En el sacramento de la Eucaristía la sustancia del pan y del vino se convierte en verdadera carne y verdadera sangre de Cristo, cuando Cristo la hace término de su principio sintiente y la vivifica con su vida, casi del mismo modo como el pan y el vino se transustancian verdaderamente en nuestra carne y sangre, porque se hacen término de nuestro principio sintiente.

30. Realizada la transustanciación, puede entenderse que al cuerpo glorioso de Cristo se le añade alguna parte incorporada al mismo, indivisa y juntamente gloriosa.

31. En el sacramento de la Eucaristía, por virtud de las palabras, el cuerpo y sangre de Cristo están sólo en aquella medida que responde a la cantidad (ital.: a quel tanto) de la sustancia del pan y del vino que se transustancian; el resto del cuerpo de Cristo está allí por concomitancia.

32. Puesto que el que no come la carne del Hijo del hombre y no bebe su sangre, no tiene la vida en sí [Ioh. 6, 54]; y, sin embargo, los que mueren con el bautismo de agua, de sangre o de deseo consiguen ciertamente vida eterna, hay que decir que a quienes no comieron en esta vida el cuerpo y la sangre de Cristo, se les suministra este pan del cielo en la vida futura, en el mismo instante de la muerte. De ahí que también a los Santos del Antiguo Testamento pudo Cristo, al descender a los infiernos, darse a comulgar a sí mismo bajo las especies de pan y vino, a fin de hacerlos aptos para la visión de Dios.

33. Como los demonios poseían el fruto, pensaron que si el hombre comía de él, ellos entrarían en el hombre; porque convertido aquel manjar en el cuerpo animado del hombre, ellos podrían entrar libremente en su animalidad, esto es, en la vida subjetiva de este ente, y así disponer de él como se habían propuesto.

34. Para preservar a la Bienaventurada Virgen María de la mancha de origen, bastaba que permaneciera incorrupta una porción. mínima de semen en el hombre, descuidado casualmente por el demonio, semen incorrupto del que, trasmitido de generación en generación, nacería, a su tiempo, la Virgen María.

35. Cuanto más se examina el orden de justificación en el hombre, más exacto aparece el modo de hablar espiritual, de que Dios cubre o no imputa ciertos pecados. Según el salmista [Ps. 31, 1], hay diferencia entre] las iniquidades que se perdonan y los pecados que se cubren: Aquéllas, a lo que parece, son culpas actuales y libres; éstos, son pecados no libres de quienes pertenecen al pueblo de Dios, a quienes, por tanto, ningún daño acarrean.

36. El orden sobrenatural se constituye por la manifestación del ser en la plenitud de su forma real, el efecto de esta comunicación o manifestación es el sentimiento (sentimiento) deiforme que, incoado en esta vida, constituye la luz de la fe y de la gracia, y completado en la otra, constituye la luz de la gloria.

37 ... La primera luz que hace al alma inteligente es el ser ideal; otra primera luz es también el ser, no ya puramente ideal, sino subsistente y viviente: Aquél, escondiendo su personalidad, manifiesta sólo su objetividad; mas el que ve al otro (que es el Verbo), aun cuando sea por espejo y enigma, ve a Dios.

38. Dios es objeto de la visión beatífica en cuanto es autor de las obras ad extra.

39. Las huellas de la sabiduría y bondad que brillan en las criaturas, son necesarias a los comprensores; porque ellas mismas, recogidas en el eterno ejemplar, son la parte del mismo que puede por ellas ser visto (che è loro accessibile) y prestan motivo para las alabanzas que los bienaventurados cantan a Dios eternamente.

40. Como Dios no puede, ni siquiera por medio de la luz de la gloria, comunicarse totalmente a seres finitos, no puede revelar ni comunicar su esencia a los comprensores, sino de modo acomodado a inteligencias finitas: esto es, Dios se manifiesta a ellas en cuanto tiene relación con ellas, como creador, provisor, redentor y santificador.

Censura: El Santo Oficio juzgó que en estas proposiciones “en el propio sentido del autor deben ser reprobadas y proscritas, como por el presente decreto general las reprueba, condena y proscribe... Su Santidad aprobó y confirmó el decreto de los mismos. Padres y mandó que fuera por todos guardado.”

LEON XIII, 1878-1903

De la extensión de la libertad y sobre la acción ciudadana


[De la Encíclica Libertas, praestantissimum, de 20 de junio de 1888]

... Muchos finalmente no aprueban la separación de lo religioso y lo civil, pero juzgan que debe lograrse que la Iglesia se adapte a la época y se doble y acomode a lo que en el gobierno de los pueblos exige la moderna ciencia. Honesta sentencia, si se entiende de cierta equidad que puede ser compatible con la verdad y la justicia; es decir, que, averiguada la esperanza de algún grande bien, se muestre la Iglesia indulgente y conceda a los tiempos lo que, salva la santidad de su deber, les puede conceder. Pero otra cosa es si se trata de cosas y doctrinas que, contra todo derecho, han introducido el cambio de las costumbres y un juicio engañoso...

Así, pues, de lo dicho se sigue que no es en manera alguna lícito pedir, defender ni conceder la libertad de pensar, escribir y enseñar, ni igualmente la promiscua libertad de cultos, como otros tantos derechos que la naturaleza haya dado al hombre. Porque si verdaderamente los hubiera dado la naturaleza, habría derecho a negar el imperio de Dios y por ninguna ley podría ser moderada la libertad humana. Sílguese igualmente que esos géneros de libertad pueden ciertamente ser tolerados, si existen causas justas, pero con limitada moderación, a fin de que no degeneren en desenfreno e insolencia...

Donde el poder sea opresor o amenace uno de tal naturaleza que vaya a tener al pueblo oprimido por injusta fuerza o a obligar a la Iglesia a carecer de la debida libertad, lícito es buscar otra forma de régimen, en que se conceda obrar con libertad; porque entonces no se ambiciona aquella libertad inmoderada y viciosa, sino que se pretende un alivio por causa de la salud de todos, y este sólo se hace para que donde se concede licencia para el mal, no se impida el poder de obrar honestamente.

Tampoco es de suyo contra el deber preferir para el Estado un régimen democrático, quedando sin embargo a salvo la doctrina católica acerca del origen y ejercicio del poder público. La Iglesia no rechaza ninguno de los varios regímenes del Estado, con tal de que sean aptos para procurar el bien de los ciudadanos; pero sí quiere que cada uno se constituya —cosa que evidentemente manda la naturaleza— sin agravios de nadie y, sobre todo, dejando intactos los derechos de la Iglesia.

Tomar parte en la gestión de los asuntos públicos, a no ser donde, por la condición de las circunstancias, se precava de otro modo, es cosa honesta; más aún, la Iglesia aprueba que cada uno aporte su trabajo para el provecho común y, por cuantos medios pueda, defienda, conserve y acreciente la prosperidad del Estado.

Tampoco condena la Iglesia querer que la propia nación no sea esclava de nadie, ni de un extraño ni de un tirano, con tal de que pueda hacerse sin atentar contra la justicia. En fin, tampoco reprende a aquellos que intentan conseguir que sus Estados vivan de sus propias leyes y los ciudadanos gocen de la máxima facilidad de acrecentar sus provechos. La Iglesia acostumbró ser siempre fautora fidelísima de las libertades cívicas sin intemperancia; lo que atestiguan principalmente los Estados italianos que alcanzaron prosperidad, riquezas y renombre glorioso en el régimen municipal, en la época en que la saludable virtud de la Iglesia penetraba, sin oposición de nadie, en todas las instituciones de la cosa pública.

LEON XIII, 1878-1903

Del amor a la Iglesia y a la Patria


[De la Encíclica Sapientiae christianae, de 10 de enero de 1890]

Que los católicos tienen en su vida más y más importantes deberes que quienes o tienen idea falsa de la fe católica o en absoluto la desconocen, cosa es de que no puede dudarse... Después que el hombre ha abrazado, como debe, la fe cristiana, por el mero hecho queda sometido a la Iglesia, como de ella nacido, y se hace partícipe de aquella sociedad máxima y santísima, que los Romanos Pontífices, bajo la cabeza invisible, Cristo Jesús, tienen por propio cargo regir con suprema potestad. Ahora bien, si por ley de naturaleza se nos manda señaladamente amar y defender la patria en que nacimos y fuimos recibidos a esta presente luz, hasta punto tal que el buen ciudadano no duda en afrontar la muerte misma en defensa de su patria; deber mucho más alto es de los cristianos, hallarse en la misma disposición de ánimo para con la Iglesia. Es, en efecto, la Iglesia, la ciudad santa del Dios vivo, de Él mismo nacida y por obra suya constituida; y si es cierto que anda peregrina en la tierra, llama, no obstante, e instruye y conduce a los hombres a la eterna felicidad de los cielos. Debe, pues, ser amada la patria de la que recibimos esta vida mortal; pero es menester que nos sea más cara la Iglesia, a quien debemos la vida del alma que ha de permanecer perpetuamente; pues justo es anteponer los bienes del alma a los del cuerpo y mucho más santos son nuestros deberes para con Dios que para con los hombres.

Por lo demás, si queremos juzgar con verdad, el amor sobrenatural a la Iglesia y el cariño natural de la Patria, son dos amores gemelos que nacen del mismo principio sempiterno, como quiera que autor y causa de uno y otro es Dios; de donde se sigue que no puede haber pugna entre uno y otro deber... No obstante, sea por la calamidad de los tiempos, sea por la mala voluntad de los hombres, se trastorna algunas veces el orden de estos deberes. Es decir, se dan casos en que parece que una cosa exige a los ciudadanos el Estado y otra la religión a los cristianos, y esto no por otra causa sucede, sino porque los rectores de la cosa pública o menosprecian la sagrada autoridad de la Iglesia o quieren que les esté sometida... Si las leyes del Estado discrepan abiertamente con el derecho divino, si imponen un agravio a la Iglesia o contradicen a los que son deberes de la religión, o violan la autoridad de Jesucristo en el Pontífice Máximo; entonces, a la verdad, resistir es el deber, y obedecer, un crimen, y éste va unido a un agravio al Estado, porque contra el Estado se peca, siempre que contra la religión se delinque.

LEON XIII, 1878-1903


Del apostolado de los seglares

[De la Encíclica Sapientiae christianae, de 10 de enero de 1890]

Y nadie objete que Jesucristo, conservador y vengador de la Iglesia, no necesita para nada de la ayuda de los hombres. Porque no por falta de fuerza, sino por la grandeza de su bondad, quiere Él que también de nuestra parte pongamos algún trabajo para obtener y alcanzar los frutos de la salvación que Él nos ha granjeado.

Lo primero que este deber nos exige es profesar abierta y constantemente la doctrina católica y, en cuanto cada uno pudiere, propagarla... A la verdad, el cargo de predicar, es decir, de enseñar toca por derecho divino a los maestros, que el Espíritu Santo puso por obispos para regir a la Iglesia de Dios [Act. 20, 28] y señaladamente al Romano Pontífice, Vicario de Jesucristo, puesto con suprema potestad al frente de la Iglesia universal, maestro de la fe y de las costumbres. Nadie piense, sin embargo, que se prohíbe a los particulares poner alguna industria en este asunto, aquellos particularmente a quienes dio Dios facilidad de ingenio juntamente con celo de obrar el bien. Éstos, siempre que la ocasión lo pida, muy bien pueden no precisamente arrogarse oficio de maestros, sino repartir a los demás lo que ellos han recibido y ser como un eco de la voz de los maestros. Es más, la cooperación de los particulares hasta punto tal pareció oportuna y fructuosa a los Padres del Concilio Vaticano que juzgaron había a todo trance que reclamarla: “Por las entrañas de Jesucristo suplicamos a todos sus fieles...” [v. 1819]. Por lo demás acuérdense todos que pueden y deben sembrar la doctrina católica con la autoridad del ejemplo y predicarla con la constancia en profesarla. Entre los deberes, por ende, que nos ligan con Dios y con la Iglesia, hay que contar particularmente éste de que cada uno trabaje y se intruye cuanto pueda en propagar la verdad cristiana y rechazar los errores.

LEON XIII, 1878-1903

Del vino, materia de la Eucaristía


[De las Respuestas del Santo Oficio, de 8 de mayo de 1887 y 30 de julio de 1890]
Para precaver el peligro de corrupción del vino, el obispo de Carcasona propone dos remedios:
1. Añádase al vino natural una pequeña cantidad de aguardiente;
2. Hiérvase el vino hasta los sesenta y cinco grados.
A la pregunta sobre si estos remedios son lícitos en el vino para el sacrificio de la misa y cuál ha de preferirse,
Se respondió:
Debe preferirse el vino conforme se expone en el caso segundo.
El obispo de Marsella expone y pregunta:
En muchas partes de Francia, particularmente las situadas al sur, el vino blanco que sirve para el incruento sacrificio de la misa es tan débil e impotente, que no puede conservarse mucho tiempo, si no se le mezcla una cantidad de espíritu de vino o alcohol.
1. Si esta mezcla es lícita.
2. Si lo es, qué cantidad de esta materia extraña se permite añadir al vino.
3. En caso afirmativo ¿se requiere espíritu de vino extraído del vino puro, es decir del fruto de la vid?
Se respondió:
Con tal que el alcohol sea realmente alcohol vínico y la cantidad de alcohol añadido junto con la que naturalmente tiene el vino de que se trata, no exceda la proporción de 12 % y la mezcla se haga cuando el vino es aún muy reciente, nada obsta para que el mismo se emplee en el sacrificio de la Misa.
LEON XIII, 1878-1903

Del derecho de propiedad privada, de la justa retribución del trabajo

[De la Encíclica Rerum novarum, de 15 de mayo de 1891]

Poseer privadamente las cosas como suyas es derecho que la naturaleza ha dado al hombre... Ni hay por qué se introduzca la providencia del Estado, pues el hombre es más antiguo que el Estado y hubo por ende de tener por naturaleza su derecho para defender su vida y su cuerpo antes de que se formara Estado alguno... Porque las cosas que se requieren para conservar y, sobre todo, para perfeccionar la vida, cierto es que la tierra las produce con gran largueza; pero no podría producirlas de suyo, sin el cultivo y cuidado de los hombres. Ahora bien, al consumir el hombre el ingenio de su mente y las fuerzas de su cuerpo en la explotación de los bienes de la naturaleza, por el mismo hecho se aplica a sí mismo aquella parte de la naturaleza corpórea que el cultivó y en la que dejó como impresa una especie de forma de su propia persona; de suerte que es totalmente justo que aquella parte sea por él poseída como suya, y que en modo alguno sea lícito a nadie violar su derecho. La fuerza de estos argumentos es tan evidente que causa verdadera admiración ver que disienten ciertos restauradores de ideas envejecidas. Son los que ciertamente conceden al individuo el uso del suelo y los varios frutos de las fincas; pero niegan de plano que tenga derecho a poseer como dueño del suelo sobre que edificó o la finca que cultivó...

Pero estos derechos que los hombres tienen individualmente, aparecen mucho más firmes, si se consideran en su aptitud y conexión con los deberes de la vida familiar... Así pues, el derecho de propiedad que hemos demostrado haber sido dado a los individuos por la naturaleza, es menester trasladarlo al hombre en cuanto es cabeza de familia; y, aún más, ese derecho es tanto más firme cuantos más son los deberes que abarca la persona humana en la vida familiar. Ley santísima de la naturaleza es que el padre de familia, defienda, con medios de vida y con todo cuidado, a quienes él engendró, y la naturaleza misma le lleva a querer adquirir y procurar para sus hijos, como quiera que estos representan y en cierto modo prolongan la persona del padre, los medios por los que puedan honestamente defenderse de la miseria en el curso dudoso de la presente vida. Ahora bien, eso no puede lograrlo de otro modo, sino por la posesión de cosas provechosas, que pueda transmitir a sus hijos por la herencia... Querer, pues, que el Estado penetre en su arbitrio hasta la intimidad del hogar, es un grande y pernicioso error... La patria potestad es de tal naturaleza que ni puede extinguirse ni ser absorbida por el Estado... Quede, pues, asentado cuando se trata de buscar un alivio al pueblo, que es menester que se tenga por fundamento la guarda intacta de la propiedad privada...

La justa posesión del dinero se distingue del uso justo del dinero. Poseer bienes privadamente es derecho natural al hombre, como poco antes hemos demostrado, y usar de este derecho, sobre todo en la sociedad de la vida, no sólo es lícito, sino manifiestamente necesario... Mas si se pregunta cuál ha de ser el uso de los bienes, la Iglesia responde sin vacilación alguna: “en cuanto a esto, no debe el hombre tener las cosas exteriores como propias, sino como comunes, de modo que fácilmente las comunique en las necesidades de los demás. De ahí que el Apóstol dice: A los ricos de este siglo mándales... que den fácilmente, que comuniquen [1 Tim. 6, 17]. A nadie ciertamente se le manda que socorra a los demás de lo que necesitará para su uso o el de los suyos; más aún, ni siquiera dar a los otros lo que ha menester para guardar la conveniencia y decoro de su persona... Mas una vez atendida la necesidad y el decoro, es obligación hacer gracia a los necesitados de lo que sobra. Lo que sobra, dadlo en limosna [Lc. 11, 41]. No son éstos, excepto en casos extremos, deberes de justicia, sino de cristiana caridad, los cuales ciertamente no hay derecho a reclamar por acción legal; pero a la ley y juicio de los hombres se antepone la ley y juicio de Cristo Dios, que de muchos modos persuade la práctica de la limosna... y ha de juzgar como hecho o negado a sí mismo, el beneficio hecho o negado a los pobres [Mt. 25, 34 ss].

Dos como caracteres tiene el trabajo en el hombre, marcados por la naturaleza misma, a saber, que es personal, porque su fuerza operante es inherente a la persona y totalmente propia de aquel que la ejerce y a cuya utilidad está destinada; y, luego, que es necesario por razón de que el hombre necesita del fruto de su trabajo para la conservación de su vida; y conservar la vida es mandato de la naturaleza misma, a la que se debe antes de todo obedecer. Ahora bien, si sólo se considera desde el punto de vista personal, no hay duda que en mano del obrero está señalar un límite demasiado estrecho a la paga convenida; pues, así como de su voluntad pone su trabajo, así puede voluntariamente contentarse con escasa y aun ninguna paga de su trabajo. Pero le modo muy distinto hay que juzgar, si, con la razón de personalidad, se junta la razón de necesidad, que sólo por pensamiento, no en la realidad, es separable de aquélla. Realmente, permanecer en la vida es universal deber de todos, y un crimen, faltar a él. De aquí nace necesariamente el derecho a procurarse las cosas con que la vida se sustenta, y esas cosas, al hombre de la clase más humilde, sólo se las proporciona el salario ganado con el trabajo. Pase, pues, que el obrero y el patrono convengan libremente en lo mismo y, concretamente, en la determinación del salario; sin embargo, siempre hay algo que viene de la justicia natural y que es superior y anterior a la libre voluntad de los pactantes, a saber, que el salario no puede ser insuficiente para el sustento de un obrero frugal y morigerado. Y si el obrero, forzado por la necesidad o movido por miedo a un mal peor, tiene que aceptar una condición más dura, quiera que no quiera, por imponérsela el patrono o empresario, esto es ciertamente sufrir una violencia contra la que reclama la justicia... Si el obrero recibe un salario bastante elevado, con que pueda fácilmente atender al sustento propio, y al de su mujer e hijos, si es prudente, fácilmente atenderá al ahorro y hará lo que la misma naturaleza parece amonestar, a saber, que, atendidos los gastos, sobre algo con que pueda formarse un pequeño capital. Porque ya hemos visto que no hay manera eficaz de dirimir esta contienda de que tratamos, si no se sienta y establece que es menester que el derecho de propiedad privada sea inviolado... Sin embargo, no es posible llegar a estas ventajas, sino a condición de que el capital privado no se agote por la exorbitancia de los tributos e impuestos. Porque como el derecho de poseer privadamente bienes no ha sido dado al hombre por la ley, sino por la naturaleza, la autoridad pública no puede abolirlo, sino sólo moderar su uso y atemperarlo al bien común. Obra, pues, injusta e inhumanamente si, a título de tributo, cercena más de lo justo los bienes de los particulares...

Que corrientemente se formen estas sociedades, ora se compongan totalmente de obreros, ora sean mixtas de uno y otro orden, es cosa grata; pero es de desear que crezcan en número y actividad... Porque formar sociedades privadas, le ha sido concedido al hombre por derecho de naturaleza; ahora bien, el Estado ha sido instituido para defensa, no para ruina del derecho natural; y además, si vedara las asociaciones de los ciudadanos, obraría contradictoriamente consigo mismo, pues tanto él como las asociaciones privadas han nacido de este solo principio: que los hombres son sociables por naturaleza. Hay alguna vez ocasiones en que es justo que las leyes se opongan a este linaje de asociaciones, a saber, cuando por su constitución persigan un fin que abiertamente pugne con la probidad, con la justicia o con la salud del Estado.

LEON XIII, 1878-1903

Sobre el duelo

[De la Carta Pastoralis officii a los obispos de Alemania y Austria, de la de septiembre de 1891]

... Una y otra ley divina, ora la que es promulgada por la luz de la razón natural, ora la que consta en las Letras escritas por divina inspiración, vedan estrechamente que nadie, fuera de causa pública, mate o hiera a un hombre, a no ser forzado por la necesidad de defender su propia vida. Ahora bien, los que retan al duelo o aceptan el reto tienen por intento, y a ello dirigen su ánimo y sus fuerzas, sin que los fuerce necesidad alguna, o quitar la vida o por lo menos herir al adversario. Además una y otra ley prohíben despreciar temerariamente la propia vida, exponiéndola a un grave y manifiesto peligro, cuando no lo aconseja razón alguna de deber o de caridad magnánima; y esta ciega temeridad, despreciadora de la vida, entra manifiestamente en la naturaleza del duelo. Por lo cual, para nadie puede ser oscuro o dudoso que sobre quienes privadamente traban combate singular, pesa un doble crimen: el voluntario peligro de daño ajeno y de la propia vida. Finalmente, apenas hay calamidad que más lejos esté de la disciplina de la vida civil y que más perturbe el orden del Estado que la licencia dada a los ciudadanos de que se tomen la venganza por su mano y venguen el honor que crean ofendido...

Tampoco para quienes aceptan el reto puede servir de justa excusa el temor de pasar ante el vulgo por cobardes si se niegan a la lucha. Porque si los deberes de los hombres hubieran de medirse por las falsas opiniones del vulgo, y no por la norma eterna de lo recto y de lo justo, no existiría diferencia alguna natural y verdadera entre las acciones honestas y los hechos ignominiosos. Los mismos sabios paganos supieron y enseñaron que el hombre fuerte y constante ha de despreciar los juicios falaces del vulgo. Más bien es justo y santo temor el que aparta al hombre de causar una muerte injusta y le hace solícito de la salvación propia y de la de sus hermanos. La verdad es que quien desprecia los vanos juicios del vulgo, quien prefiere sufrir los azotes de la afrenta antes que desertar un punto de su deber, ése demuestra tener mayor y más levantado ánimo que no el que, herido por una injuria, acude a las armas. Y aun si se quiere juzgar rectamente, ése sólo es en quien brilla la sólida fortaleza, aquella fortaleza decimos, que lleva de verdad nombre de virtud y a la que acompaña la gloria no pintada y falaz. Porque la virtud consiste en el bien conforme a la razón, y si no se apoya en el juicio y aprobación de Dios vana es toda gloria.

LEON XIII, 1878-1903

De la Bienaventurada Virgen María, medianera de las gracia

[De la Encíclica Octobri mense, sobre el rosario, de 22 de septiembre de 1891]

Cuando el Hijo eterno de Dios, para redención y gloria del hombre, quiso tomar naturaleza de hombre y por este medio establecer con el género humano entero un místico desposorio, no lo hizo antes de que se allegara el libérrimo consentimiento de la que estaba designada para madre suya y que representaba en cierto modo la persona del humano linaje, conforme a aquella ilustre y de todo punto verdadera sentencia del Aquinate: “Por la Anunciación se esperaba que la Virgen, en representación de toda la naturaleza humana, diera su consentimiento”.

De ahí, no menos verdadera y propiamente es lícito afirmar que de aquel grandioso tesoro que trajo el Señor —porque la gracia y la verdad fue hecha por medio de Jesucristo [Ioh. 1, 17]— nada se nos distribuye sino por medio de María, por quererlo Dios así; de suerte que a la manera que nadie se acerca al supremo Padre sino por el Hijo, casi del mismo modo, nadie puede acercarse a Cristo sino por su madre.

[De la Encíclica Fidentem, sobre el rosario, de 20 de septiembre de 1896]

Nadie, efectivamente, puede ser pensado que haya contribuido o haya jamás de contribuir con cooperación igual a la suya a reconciliar a los hombres con Dios. Porque es así que ella trajo el Salvador a los hombres que se precipitaban en su ruina sempiterna, ya cuando con admirable consentimiento “en representación de toda la naturaleza humana” recibió el mensaje del misterio de la paz que fue traído por el ángel a la tierra. Ella es de quien ha nacido Jesús [Mt. 1, 16], es decir, verdadera madre suya y, por esta causa, digna y muy acepta medianera para el mediador.

LEON XIII, 1878-1903

De los estudios de la Sagrada Escritura

[De la Encíclica Providentissimus Deus, de 18 de noviembre de 1893]

... Como sea necesario cierto método para llevar útilmente a cabo la interpretación, el maestro prudente ha de evitar un doble inconveniente: el de aquellos que dan a probar trozos tomados de corrida de cada uno de los libros, y el de los que se detienen más de lo debido en una parte determinada de uno solo... Para esta labor tomará como ejemplar la versión Vulgata que el Concilio Tridentino, decretó fuera tenida por auténtica en las públicas lecciones, disputas, predicaciones y exposiciones [v. 785], y recomendada también por uso cotidiano de la Iglesia. Tampoco, sin embargo, habrá de dejarse de tener en cuenta las otras versiones que alabó y usó la antigüedad cristiana, y sobre todo los códices originales. Porque si bien en cuanto al fondo, de las dicciones de la Vulgata brilla bien el sentido del griego y del hebreo, sin embargo, si algo se ha trasladado allí ambiguamente o de modo menos exacto, será de provecho, según consejo de San Agustín, el examen de la lengua original.

... El Concilio Vaticano abrazó la doctrina de los Padres, cuando renovando el decreto del Concilio Tridentino acerca de la interpretación de la palabra de Dios escrita, declaró que la mente de aquél es que en las materias de fe y costumbres que atañen a la edificación de la doctrina cristiana, ha de tenerse por verdadero sentido de la Sagrada Escritura aquel que mantuvo y sigue manteniendo la Santa Madre Iglesia; a quien toca juzgar del verdadero sentido e interpretación de las Escrituras Santas; y que por tanto, a nadie es lícito interpretar la misma Sagrada Escritura contra este sentido ni tampoco contra el unánime consentimiento de los Padres [v. 786 y 1788]. Por esta ley llena de sabiduría, la Iglesia no retarda ni impide la investigación de la ciencia bíblica, sino que más bien la preserva de todo error y en gran manera contribuye a su verdadero progreso. Porque a cada maestro particular se le abre un amplio campo en que puede gloriosamente y con provecho de la Iglesia campear con paso seguro su pericia de intérprete. Ciertamente, en los lugares de la divina Escritura que aún esperan una determinada y definida exposición, puede así suceder por el suave designio de Dios providente que por una especie de estudio preparatorio madure el juicio de la Iglesia; y en los lugares ya definidos, puede igualmente el maestro privado ser de provecho, o explicándolos con más claridad al pueblo fiel, o disertando con más ingenio ante los doctos, o defendiéndolos con más insigne victoria contra los adversarios...

En lo demás ha de seguirse la analogía de la fe, y tomarse como norma suprema la doctrina católica, tal como es recibida por ]a autoridad de la Iglesia... De donde aparece que ha de rechazarse por inepta y falsa aquella interpretación que o hace que los autores inspirados se contradigan de algún modo entre sí, o se opone a la doctrina de la Iglesia...

Ahora bien, los Santos Padres que, “después de los Apóstoles plantaron, regaron, edificaron, apacentaron y alimentaron a la Iglesia y por cuya acción creció ella”, tienen autoridad suma siempre que explican todos de modo unánime un texto bíblico, como perteneciente a la doctrina de la fe y de las costumbres...

La autoridad de los otros intérpretes católicos es ciertamente menor; sin embargo, como quiera que los estudios bíblicos han seguido en la Iglesia un progreso continuo, también a los comentarios de estos autores hay que tributarles el honor que se les debe, y de ellos pueden sacarse oportunamente muchas cosas para refutar a los contrarios y resolver las dificultades. Mas lo que es de verdad harto indecoroso es que, ignoradas o despreciadas las obras egregias que en gran abundancia dejaron los nuestros, se prefieran los libros de los heterodoxos y, con peligro inmediato de la sana doctrina y, no raras veces, con detrimento de la fe, se busque en ellos la explicación de pasajes en que los católicos, de mucho tiempo atrás, ejercitaron, con óptimo resultado, sus ingenios y trabajos...

... La primera de estas ayudas para la interpretación es el estudio de las antiguas lenguas orientales y juntamente el arte que llaman crítica ... Es, pues, necesario a los maestros de la Sagrada Escritura y conveniente a los teólogos que conozcan aquellas lenguas en que los libros canónicos fueron primeramente escritos por los autores sagrados... Estos mismos, y por la misma razón es menester que sean suficientemente doctos y ejercitados en la verdadera disciplina del arte critica; pues, perversamente y con daño de la religión, se ha introducido un artificio que se honra con el nombre de “alta critica” por la que se juzga del origen, integridad y autenticidad de un libro cualquiera por solas las que llaman razones internas. Por el contrario, es evidente que en cuestiones históricas, como el origen y conservación de los libros, deben prevalecer sobre todo los testimonios de la historia, y ésos son los que con más ahínco han de investigarse y discutirse; en cambio, las razones internas no son las más de las veces de tanta importancia que puedan invocarse en el pleito, si no es a modo de confirmación... Ese mismo género de “alta crítica” que preconizan vendrá finalmente a parar a que cada uno siga su propio interés y prejuicio en la interpretación...

Al maestro, de la Sagrada Escritura le prestará también buen servicio el conocimiento de las cosas naturales, con el que más fácilmente descubrirá y refutará las objeciones dirigidas en este terreno contra los libros divinos. A la verdad, ningún verdadero desacuerdo puede darse entre el teólogo y el físico, con tal de que uno y otro se mantengan en su propio terreno, procurando cautamente seguir el aviso de San Agustín de “no afirmar nada temerariamente ni dar lo desconocido por conocido”; pero si, no obstante, disintieren en cómo ha de portarse el teólogo, he aquí en compendio la regla por él mismo ofrecida: “Cuanto ellos —dice— pudieren demostrarnos por argumentos verdaderos de la naturaleza de las cosas, mostrémosles que no es contrario a nuestras letras, mas cuanto presentaren de cualesquiera libros suyos como contrario a nuestras letras, es decir, a la fe católica, o mostrémoselo también por algún medio o sin vacilación creamos que es cosa de todo punto falsa. Acerca de la justeza de esta regla es de considerar en primer lugar que los escritores sagrados o, más exactamente, “el Espíritu de Dios que por medio de ellos hablaba, no quiso ensenar a los hombres esas cosas (es decir la intima constitución de las cosas sensibles), como quiera que para nada habían de aprovechar a su salvación”; por lo cual, más bien que seguir directamente la investigación de la naturaleza, describen o tratan a veces las cosas mismas o por cierto modo de metáfora o como solía hacerlo el lenguaje común de su tiempo, y aún ahora acostumbra, en muchas materias de la vida diaria, aun entre los mismos hombres más impuestos en la ciencia.

Ahora bien, como el lenguaje vulgar expresa primera y propiamente lo que cae bajo los sentidos, no de distinta manera el escritor sagrado (y lo notó también el doctor Angélico), “ha seguido aquello que sensiblemente aparece”, o sea, lo que Dios mismo, al hablar a los hombres, expresó de manera humana para ser entendido por ellos.

Ahora, de que haya que defender valerosamente la Escritura Santa, no hay que concluir que deben por igual mantenerse todas las opiniones que en su interpretación emitieron cada uno de los Padres y los intérpretes que les sucedieron, como quiera que, conforme a las ideas de su época, al explicar los pasajes en que se trata de fenómenos físicos, quizá no siempre juzgaron tan de acuerdo con la verdad, que no sentaran afirmaciones que ahora no son tan aceptables. Por ello, hay que distinguir cuidadosamente en sus explicaciones qué es lo que realmente ensenan como perteneciente a la fe o íntimamente ligado con ella, qué es lo que ensenan con unánime sentir; porque “en lo que no es necesidad de la fe, lícito fue a los Santos opinar de modo diverso, como lícito nos es a nosotros”, conforme al sentir de Santo Tomás, el cual, en otro lugar, se expresa muy prudentemente: “Paréceme ser más seguro que las cosas de esta clase que comúnmente sintieron los filósofos y no repugnan a nuestra fe, ni deben afirmarse como dogmas de fe, si bien a veces puedan introducirse bajo el nombre de los filósofos, ni deben negarse como contrarias a la fe, para no dar a los sabios de este mundo ocasión de menospreciar la doctrina de la fe”.

A la verdad, aun cuando el intérprete debe demostrar que no se opone a las Escrituras rectamente entendidas nada de lo que los investigadoras de la naturaleza afirman ser ya cierto con argumentos ciertos; no se le pase, sin embargo, por alto que también ha acontecido que algunas cosas ensenadas por aquéllos como ciertas han sido luego puestas en duda y hasta repudiadas. Y si los físicos, traspasando las fronteras de su disciplina, invaden por la perversidad de sus ideas, el dominio de la filosofía, a los filósofos debe dejar su refutación el intérprete teólogo.

Esto mismo será bien se traslade seguidamente a las disciplinas afines, principalmente a la historia. De doler es, en efecto, que haya muchos que investigan a fondo y sacan a luz, y ciertamente con grandes esfuerzo, los monumentos de la antigüedad, las costumbres e instituciones de los pueblos y los testimonios de cosas semejantes, pero frecuentemente con el intento de descubrir en las Sagradas Letras las manchas del error y hacer así que su autoridad de todo punto se debilite y vacile. Y esto lo hacen algunos con ánimo demasiadamente hostil y con juicio no lo bastante justo, como quiera que de tal modo se fían de los libros profanos y de los documentos de la antigüedad, como si en ellos no cupiera ni sospecha siquiera de error; en cambio, por una apariencia de error sólo imaginada y no honradamente discutida, niegan a los libros de la Sagrada Escritura una fe siquiera igual.

Puede ciertamente suceder que algunas cosas se les escaparan a los copistas al transcribir menos exactamente los códices; pero esto debe juzgarse con consideración y no admitirse con facilidad, si no es en aquellos pasajes en que se haya debidamente demostrado; puede también darse que en algunos pasajes permanezca dudoso el sentido genuino, para cuyo esclarecimiento, mucho contribuirán las mejores reglas de hermenéutica; pero es absolutamente ilícito ora limitar ]a inspiración solamente a algunas partes de la Sagrada Escritura, ora conceder que erró el autor mismo sagrado. Ni debe tampoco tolerarse el procedimiento de aquellos que, para salir de estas dificultades, no vacilan en sentar que ]a inspiración divina toca a las materias de fe y costumbres y a nada mas...

Todos los libros que la Iglesia recibe como sagrados y canónicos, han sido escritos íntegramente, en todas sus partes, por dictado del Espíritu Santo, y tan lejos está que la divina inspiración pueda contener error alguno, que ella de suyo no sólo excluye todo error, sino que los excluye y rechaza tan necesariamente como necesario es que Dios, Verdad suprema, no sea autor de error alguno.

Ésta es la antigua y constante fe de la Iglesia, definida también por solemne sentencia en los Concilios de Florencia [v. 706] y de Trento [v. 783 ss] y confirmada finalmente y más expresamente declarada en el Concilio Vaticano, que promulgó absolutamente: Los libros del Antiguo y del Nuevo Testamento... tienen a Dios por autor [v. 1787]. Por ello, es absolutamente inútil alegar que el Espíritu Santo tomara a los hombres como instrumento para escribir, como si, no ciertamente al autor primero, pero sí a los escritores inspirados, se le hubiera podido deslizar alguna falsedad. Porque fue Él mismo quien, por sobrenatural virtud, de tal modo los impulsó y movió, de tal modo los asistió mientras escribían, que rectamente habían de concebir en su mente, y fielmente habrían de querer consignar y aptamente con infalible verdad expresar todo aquello y sólo aquello que Él mismo les mandara: en otro caso, no sería Él, autor de toda la Escritura Sagrada... Hasta punto tal estuvieron los Padres y Doctores todos absolutamente persuadidos de que las divinas Letras, tal como fueron publicadas por los hagiógrafos, estaban absolutamente inmunes de todo error, que con no menor sutileza que reverencia pusieron empeño en componer y conciliar entre sí no pocas de aquellas cosas (que son poco más o menos las que en nombre de la ciencia nueva se objetan ahora), que parecían presentar alguna contrariedad o desemejanza; pues profesaban unánimes que aquellos libros, en su integridad y en sus partes, procedían igualmente de la inspiración divina, y que Dios mismo, que por los autores sagrados había hablado, nada absolutamente pudo haber puesto ajeno a la verdad.

Valga en general lo que el mismo Agustín escribió a Jerónimo: “Si tropiezo en esas Letras con algo que parezca contrario a la verdad, no dudaré sino que o el códice es mendoso, o el traductor no alcanzó lo que decía el original, o yo no he entendido nada...”.

... Muchas cosas efectivamente tomadas de todo género de ciencias, se han lanzado durante mucho tiempo y con ahínco contra la Escritura, y luego han envejecido totalmente por vanas; igualmente, no pocas interpretaciones (no pertenecientes propiamente a la regla de la fe y las costumbres) fueron en otro tiempo propuestas de pasajes en que más tarde vio más rectamente una investigación más penetrante. En efecto, el tiempo borra las fantasías de las opiniones, pero “la verdad permanece y cobra fuerzas eternamente”.

LEON XIII, 1878-1903

De la unicidad de la Iglesia

[De la Encíclica Satis cognitum, de 29 de junio de 1896]

... A la verdad, que la auténtica Iglesia de Jesucristo es una, de tal modo consta para todos por claros y múltiples testimonios de las Sagradas Letras, que ningún cristiano puede atreverse a contradecirlo. Mas cuando se trata de determinar y establecer la naturaleza de esa unidad, varios son los errores que a muchos desvían del camino. Ciertamente, no sólo el origen, sino toda la constitución de la Iglesia pertenece al género de cosas que proceden de la libre voluntad ¡ por lo tanto, toda la cuestión está en saber lo que realmente se ha hecho, y lo que hay que averiguar no es precisamente de qué modo puede la Iglesia ser una, sino de qué modo quiso que fuera una Aquel que la fundó.

Ahora bien, si se mira lo que ha sido hecho, Jesucristo no concibió ni formó a la Iglesia de modo que comprendiera pluralidad de comunidades semejantes en su género, pero distintas, y no ligadas por aquellos vínculos que hicieran a la Iglesia indivisible y única, a la manera que profesamos en el Símbolo de la fe: Creo en una sola Iglesia... Y es así que cuando Jesucristo hablara de este místico edificio, sólo recuerda a una sola Iglesia, a la que llama suya: Edificaré mi Iglesia [Mt. 16, 18]. Cualquiera otra que fuera de ésta se imagine, al no ser fundada por Jesucristo, no puede ser la verdadera Iglesia de Jesucristo... Así, pues, la salvación que nos adquirió Jesucristo, y juntamente todos los beneficios que de ella proceden, la Iglesia tiene el deber de difundirlos ampliamente a todos los hombres y propagarlos a todas las edades. Consiguientemente, por voluntad de su fundador, es necesario que sea única en todas las tierras en la perpetuidad de los tiempos... Es, pues, la Iglesia de Cristo única y perpetua. Quienquiera de ella se aparta, se aparta de la voluntad y prescripción de Cristo Señor y, dejado el camino de la salvación, se desvía hacia su ruina.

Mas el que la fundó única, la fundó también una, es decir, de tal naturaleza que cuantos habían de formar parte de ella habían de estar unidos entre sí por tan estrechísimos vínculos, que de todo punto formaran una sola nación, un sólo reino, un solo cuerpo: un solo cuerpo y un solo espíritu, como habéis sido llamados en una sola esperanza de vuestro llamamiento [Eph. 4, 4]... Mas el necesario fundamento de tan grande y absoluta concordia entre los hombres es el acuerdo y unión de las inteligencias, de donde naturalmente se engendra la conspiración de las voluntades y la semejanza de las acciones... Consiguientemente, para aunar las inteligencias, para lograr y conservar la concordia del sentir, por más que existieran las Letras Divinas, era de todo punto necesario otro principio distinto...

Por lo cual instituyó Jesucristo en la Iglesia un magisterio vivo, auténtico y juntamente perenne, al que dotó de su propia autoridad, le proveyó del Espíritu de la verdad, lo confirmó con milagros y quiso y severísimamente mandó que sus enseñanzas fueran recibidas como suyas... Este es consiguientemente sin duda alguna el deber de la Iglesia: conservar la doctrina de Cristo y propagarla íntegra e incorrupta...

Mas a la manera que la doctrina celeste jamás fue abandonada al arbitrio e ingenio de los particulares, sino que, enseñada al principio por Jesús, fue luego separadamente encomendada al magisterio de que hemos hablado; así tampoco a cualquiera del pueblo cristiano, sino a algunos escogidos, ha sido divinamente conferida facultad de realizar y administrar los divinos misterios, juntamente con el poder de regir y gobernar...

Por lo cual Jesucristo llamó a los mortales todos, cuantos eran y cuantos habían de ser, para que le siguieran como guía y salvador, no sólo cada uno individualmente, sino también asociados y mutuamente unidos de hecho y de corazón, de suerte que de la muchedumbre se formara un pueblo legítimamente asociado: uno por la comunidad de fe, de fin y de medios conducentes al fin, y sujeto a una sola y misma potestad... Por tanto, la Iglesia es sociedad, por su origen, divina; por su fin y por los medios que próximamente se ordenan a ese fin, sobrenatural; mas en cuanto se compone de hombres, es una comunidad humana...

Como el autor divino de la Iglesia hubiera decretado que fuera una por la fe, por el régimen y por la comunión, escogió a Pedro y a sus sucesores para que en ellos estuviera el principio y como el centro de la unidad... Mas, en cuanto al orden de los obispos, entonces se ha de pensar que está debidamente unido con Pedro, como Cristo mandó, cuando a Pedro está sometido y obedece; en otro caso, necesariamente se diluye en una muchedumbre confusa y perturbada. Para conservar debidamente la unidad de fe y comunión, no basta desempeñar una primacía de honor, no basta una mera dirección, sino que es de todo punto necesario la verdadera autoridad y autoridad suprema, a que ha de someterse toda la comunidad... De ahí aquellas singulares denominaciones de los antiguos aplicadas al bienaventurado Pedro, que pregonan brillantemente estar él colocado en el más alto grado de dignidad y de poder. Llaman a cada paso príncipe del colegio de los discípulos, príncipe de los santos Apóstoles, corifeo de su coro; boca de los Apóstoles todos; cabeza de aquella familia; puesto al frente del orbe de la tierra; primero entre los Apóstoles; cima de la Iglesia...

Pero es cosa que se aparta de la verdad y abiertamente repugna a la constitución divina, ser de derecho que los obispos estén individualmente sujetos a la jurisdicción de los Romanos Pontífices y no ser de derecho que lo estén todos juntos... Esta potestad de que hablamos, sobre el colegio mismo de los obispos, que tan abiertamente proclaman las Divinas Letras, la Iglesia no dejó de reconocerla y atestiguarla en ningún tiempo... Por estas causas, por el Decreto del Concilio Vaticano sobre la naturaleza y razón del primado del Romano Pontífice [v. 1826 ss], no se introdujo una opinión nueva, sino que se afirmó la fe, vieja y constante, de todos los siglos. Ni tampoco, en verdad, el que unos mismos súbditos estén sometidos a doble potestad, engendra confesión alguna en el gobierno. Sospechar nada semejante, nos lo prohíbe en primer lugar la sabiduría de Dios, por cuyo designio se ha constituido esta suerte de régimen. Y hay que observar, en segundo lugar, que se perturbaría el orden de las cosas y las mutuas relaciones, si en un pueblo hubiera dos poderes de igual categoría, sin dependencia uno de otro. Pero la potestad del Romano Pontífice es suprema, universal y enteramente independiente; pero la de los obispos está circunscrita a ciertos límites y no es enteramente independiente...

Mas los Romanos Pontífices, acordándose de su deber, quieren más que nadie que se conserve cuanto en la Iglesia ha sido divinamente constituido; y por eso, así como defienden su propia autoridad con el cuidado y vigilancia que es debido; así se han esforzado y se esforzarán constantemente porque a los obispos quede a salvo la suya. Es más, cuanto honor, cuanta obediencia se tributa a los obispos, todo lo consideran ellos como tributado a sí mismos.

LEON XIII, 1878-1903

De las ordenaciones anglicanas


[De la Carta Apostolicae curae, de 13 de septiembre de 1896]

En el rito de realizar y administrar cualquier sacramento, con razón se distingue entre la parte ceremonial y la parte esencial, que suele llamarse materia y forma. Y todos saben que los sacramentos de la nueva Ley, como signos que son sensibles y que producen la gracia invisible, deben lo mismo significar la gracia que producen, que producir la que significan [v. 695 y 849]. Esta significación, si bien debe darse en todo el rito esencial, es decir, en la materia y la forma, pertenece, sin embargo, principalmente a la forma, como quiera que la materia es por sí misma parte no determinada, que es determinada por aquélla. Y esto aparece más manifiesto en el sacramento del orden, cuya materia de conferirlo, en cuanto aquí hay que considerarla, es la imposición de las manos, la que ciertamente por sí misma nada determinado significa y lo mismo se usa para ciertos órdenes que para la confirmación.

Ahora bien, las palabras que hasta época reciente han sido corrientemente tenidas por los anglicanos como forma propia de la ordenación presbiteral, a saber: Recibe el Espíritu Santo, en manera alguna significan definidamente el orden del sacerdocio o su gracia o potestad, que principalmente es la potestad de consagrar y ofrecer el verdadero cuerpo y sangre del Señor en aquel sacrificio, que no es mera conmemoración del sacrificio cumplido en la cruz [v. 950]. Semejante forma se aumentó después con las palabras: para el oficio y obra del presbítero; pero esto más bien convence que los anglicanos mismos vieron que aquella primera forma era defectuosa e impropia. Mas esa misma añadidura, si acaso hubiera podido dar a la forma su legítima significación, fue introducida demasiado tarde, pasado ya un siglo después de aceptarse el Ordinal Eduardiano, cuando, consiguientemente, extinguida la jerarquía, no había ya potestad alguna de ordenar.

Lo mismo hay que decir de la ordenación episcopal. Porque a la fórmula: Recibe el Espíritu Santo, no sólo se añadieron más tarde las palabras: para el oficio y obra del obispo, sino que de ellas hay que juzgar, como en seguida diremos, de modo distinto que en el rito católico. Ni vale para nada invocar la oración de la prefación Omnipotens Deus, como quiera que también en ella se han cercenado las palabras que declaran el sumo sacerdocio. A la verdad, nada tiene que ver aquí averiguar si el episcopado es complemento del sacerdocio o un orden distinto de éste; o si conferido; como dicen, per saltum, es decir, a un hombre que no es sacerdote, produce su efecto o no. Pero de lo que no cabe duda es que él, por institución de Cristo, pertenece con absoluta verdad al sacramento del orden y es el sacerdocio de más alto grado, el que efectivamente tanto por voz de los Santos Padres, como por nuestra costumbre ritual, es llamado sumo sacerdote, suma del sagrado ministerio. De ahí resulta que, al ser totalmente arrojado del rito anglicano el sacramento del orden y el verdadero sacerdocio de Cristo, y, por tanto, en la consagración episcopal del mismo rito, no conferirse en modo alguno el sacerdocio, en modo alguno, igualmente, puede de verdad y de derecho conferirse el episcopado; tanto más cuanto que entre los primeros oficios del episcopado está el de ordenar ministros para la Santa Eucaristía y sacrificio...

Con este íntimo defecto de forma está unida la falta de intención, que se requiere igualmente de necesidad para que haya sacramento... Así, pues, asintiendo de todo punto a todos los decretos de los Pontífices predecesores nuestros sobre esta misma materia, confirmándolos plenísimamente y como renovándolos por nuestra autoridad, por propia iniciativa y a ciencia cierta, pronunciamos y declaramos que las ordenaciones hechas en rito anglicano han sido y son absolutamente inválidas y totalmente nulas...

LEON XIII, 1878-1903

De la fe e intención requerida para el bautismo

[Respuesta del Santo Oficio, de 30 de marzo de 1898]

Se pregunta si puede el misionero administrar el bautismo en el artículo de la muerte a un mahometano adulto que se supone estar de buena fe en sus errores:

1. Si tiene todavía plena advertencia, exhortándole sólo al dolor y a la confianza, no hablándole para nada de nuestros misterios, por temor de que no los vaya a creer.

2. Cualquier advertencia que tenga, no diciéndole nada, ya que por una parte se supone que no le falta la contrición y por otra no es prudente hablar con él de nuestros misterios.

3. Si ha perdido la advertencia, no diciéndole absolutamente nada.

Respuestas: a 1 y 2, negativamente, es decir, que no es lícito administrar el bautismo a tales mahometanos... ni absoluta ni condicionalmente; y dénse los decretos del Santo Oficio al obispo de Quebec de 25 de enero y de 10 de mayo de 1703 [v. 1849 a s].

A 3: sobre los mahometanos moribundos y faltos ya de sentido, hay que responder como en el Decreto del Santo Oficio de 18 de septiembre de 1850 al obispo de Perth; esto es: “Si antes hubieren dado señales de quererse bautizar o en el estado presente manifestaren la misma disposición por señas o de otro modo, pueden ser bautizados bajo condición, en cuanto, sin embargo, atendidas todas las circunstancias, así lo juzgare prudente el misionero”... El Santísimo lo aprobó.

LEON XIII, 1878-1903

Del americanismo


[De la Carta Testem benevolentiae, al cardenal Gibbons, de 22 de enero de 1899]

El fundamento sobre que, en definitiva, se fundan las nuevas ideas que dijimos, es el siguiente: Con el fin de atraer más fácilmente a los disidentes a la doctrina católica, debe por fin la Iglesia acercarse algo más a la cultura de este siglo ya adulto y, aflojando la antigua severidad, condescender con los principios y modos recientemente introducidos entre los pueblos. Y muchos piensan que ello ha de entenderse no sólo de la disciplina de la vida, sino también de las enseñanzas en que se contiene el depósito de la fe. Pretenden, en efecto, que es oportuno para atraer las voluntades de los discordes, omitir ciertos puntos de doctrina, como si fueran de menor importancia, o mitigarlos de manera que no conserven el mismo sentido que constantemente mantuvo la Iglesia. Mas con cuán reprobable consejo haya sido todo eso excogitado... no hace falta largo discurso para demostrarlo, con que se recuerde la naturaleza y el origen de la doctrina que enseña la Iglesia. Dice a este propósito el Concilio Vaticano: “Y jamás hay que apartarse...” [v. 1800] .

Y la historia de todas las edades pretéritas es testigo de que esta Sede Apostólica, a quien fue concedido no sólo el magisterio, sino también el régimen supremo de toda }a Iglesia, se mantuvo constantemente adherida al mismo dogma, al mismo sentido, a la misma sentencia [Concilio Vaticano, v. 1800]; mas en cuanto a la disciplina de la vida, de tal manera acostumbró siempre moderarse que, mantenido incólume el derecho divino, jamás desatendió las costumbres y modos de tan varias gentes como ella comprende. ¿Y quién dudará de que también ahora lo ha de hacer, si así lo exige la salvación de las almas? Mas esto no ha de ser determinado al arbitrio de los individuos particulares, que de ordinario se engañan con apariencia de bien, sino que es menester dejarlo al juicio de la Iglesia...

En la causa, sin embargo, de que hablamos, querido Hijo Nuestro, lo que trae más peligro y es más perjudicial a la doctrina y disciplina católica es el consejo aquel de los seguidores de novedades por el que piensan que hay que introducir en la Iglesia una especie de libertad, de suerte que, restringida en cierto modo la fuerza y vigilancia del poder, sea lícito a los fieles entregarse algo más ampliamente a su natural y a la virtud activa...

Todo magisterio externo es rechazado como superfluo y hasta como menos útil por aquellos que se dedican a alcanzar la perfección cristiana: ahora —dicen— infunde el Espíritu Santo en las almas de los fieles más amplios y abundantes carismas que en los tiempos pasados, y les enseña y los conduce, sin intermedio de nadie, por cierto misterioso instinto...

Sin embargo, si se considera a fondo el asunto, quitado también todo director externo, apenas se ve en la sentencia de los innovadores a que debe referirse ese más abundante influjo del Espíritu Santo, que tanto exaltan. Ciertamente, es absolutamente necesario el auxilio del Espíritu Santo, sobre todo para cultivar las virtudes; pero los que gustan de seguir las novedades, alaban más de la medida las virtudes naturales, como si éstas respondieran mejor a las costumbres y necesidades de la época presente y valiera más estar adornado de ellas, pues preparan mejor y hacen al hombre más fuerte para la acción. Difícil ciertamente se hace de entender cómo quienes están imbuidos de la sabiduría cristiana, pueden anteponer las virtudes naturales a las sobrenaturales y atribuirles mayor eficacia y fecundidad...

Con esta sentencia sobre las virtudes naturales está estrechamente unida otra, por la que todas las virtudes cristianas se dividen como en dos géneros, en pasivas, como dicen, y en activas, y añaden que aquéllas convienen mejor a las edades pasadas, y que éstas se adaptan más a la presente... Ahora bien, sólo tendrá las virtudes cristianas por acomodadas unas a unos tiempos y otras a otros, quien no recuerde las palabras del Apóstol: A quienes de antemano conoció, a éstos predestinó para hacerse conformes a la imagen de su Hijo [Rom. 8, 29]. El maestro y ejemplar de toda santidad es Cristo, a cuya regla es preciso que se adapten todos los que han de ser colocados en los asientos de los bienaventurados. Ahora bien, Cristo no cambia con el curso de los siglos, sino que es el mismo ayer y hoy y por los siglos [Hebr. 13, 8]. A los hombres, pues, de todas las edades pertenece su palabra: Aprended de mí, porque soy manso y humilde de corazón [Mt. 11, 29]; y en todo tiempo se nos muestra Cristo hecho obediente hasta la muerte [Phil, 2, 8]; y en todo tiempo es válida la sentencia del Apóstol: Los que... son de Cristo han crucificado su carne con sus vicios y concupiscencias [Gal. 5, 24]...

En esta especie de menosprecio de las virtudes evangélicas que erróneamente se llaman pasivas, era natural consecuencia que también invadiera insensiblemente los ánimos el desprecio de la vida religiosa. Y que eso sea común a los fautores de las nuevas ideas, lo conjeturamos de algunas de sus sentencias sobre los votos que profesan las órdenes religiosas. Dicen, en efecto, que tales votos se apartan muchísimo del carácter de nuestra edad, como quiera que estrechan los límites de la libertad humana; que son más propios de ánimos débiles que de fuertes y que no valen mucho para el aprovechamiento cristiano ni para el bien de la sociedad humana, sino que más bien se oponen y dañan a lo uno y a lo otro. Mas cuán falsamente se dice todo eso, es bien evidente por la práctica y doctrina de la Iglesia, que aprobó siempre sobremanera el género de vida religiosa... Y en cuanto a lo que añaden, que la vida religiosa o no ayuda en absoluto o es poco lo que ayuda a la Iglesia, aparte denotar malquerencia para las órdenes religiosas, no habrá uno solo que así piense, si ha repasado los anales de la Iglesia...

Finalmente, para no detenernos en minucias, se proclama que el camino y método que hasta ahora han seguido los católicos para convertir a los disidentes, debe ser abandonado y empleado otro... Que si de las varias formas de predicar la palabra de Dios, parece alguna vez que haya de preferirse la de hablar a los disidentes no en los templos, sino en algún lugar particular honesto, y no como quien discute, sino como quien conversa amigablemente, la cosa no es ciertamente de reprender; a condición, sin embargo, que para este cargo se destinen por autoridad de los obispos quienes antes les hubieren probado su ciencia e integridad...

Así, pues, de cuanto aquí hemos disertado, resulta evidente, querido Hijo Nuestro, que Nos no podemos aprobar esas opiniones, cuyo conjunto designan algunos con el nombre de americanismo... Pues eso nos produce la sospecha que hay entre vosotros quienes se forjan y quieren una Iglesia distinta en América de la que está en todas las demás regiones.

La Iglesia es una por su unidad de doctrina, como por su unidad de gobierno y, a la vez, católica, y pues Dios estableció su centro y fundamento en la cátedra del bienaventurado Pedro, con razón se llama Romana; pues donde está Pedro, allí está la Iglesia. Por el cual, todo el que quiera honrarse con el nombre de católico, debe usar de verdad las palabras de Jerónimo a Dámaso Pontífice: “Yo, no siguiendo a nadie antes que a Cristo, me asocio por la comunión a tu beatitud, es decir, a la cátedra de Pedro, yo sé que sobre esa piedra está edificada la Iglesia [Mt. 16, 18]; todo el que contigo no recoge, esparce” [Mt. 12, .30].

LEON XIII, 1878-1903

De la materia del bautismo



[Del Decreto del Santo Oficio de 21 de agosto de 1901]

El arzobispo de Utrecht (Holanda) expone:

“Varios médicos, en los nosocomios y en otras partes, suelen bautizar a los niños en caso de necesidad, sobre todo en el útero de la madre, con agua mezclada con cloruro mercúrico (sublimado corrosivo). Esta agua se compone aproximadamente de la solución de una parte de este cloruro de mercurio en mil partes de agua, y por esa solución el agua resulta venenosa para beber. La razón por que se usa de esta mezcla, es para evitar la infección del útero de la madre.

A las dudas, pues:

I. ¿El bautismo administrado con esa agua, es cierta o dudosamente válido?

II. ¿Es lícito administrar el sacramento del bautismo con esa agua, para evitar todo peligro de enfermedad?

III. ¿Es lícito usar también de esa agua, cuando sin ningún peligro de enfermedad puede emplearse el agua pura?

Se respondió (con aprobación de León XIII):

A lo I. Se proveerá en lo II.

A lo II. Es lícito, cuando hay verdadero peligro de enfermedad.

A lo III. Negativamente.

LEON XIII, 1878-1903

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