[De la carta Super quibusdam a Consolador, Católicon de los armenios, de 29 de septiembre de 1361] (3) ... Preguntamos: Primeramente, si creeis tú y la iglesia de los armenios que te obedece que todos aquellos que en el bautismo recibieron la misma fe católica y después se apartaron o en lo futuro se aparten de la comunión de la misma fe de la Iglesia Romana que es la única Católica, son cismáticos y herejes, si perseveran pertinazmente divididos de la fe de la misma Iglesia Romana.
En segundo lugar preguntamos si creéis tú y los armenios que te obedecen que ningún hombre viador podrá finalmente salvarse fuera de la fe de la misma Iglesia y de la obediencia de los Pontífices Romanos.
En cuanto al capitulo segundo... preguntamos:
Primero, si has creído, crees o estás dispuesto a creer, con la iglesia de los armenios que te obedece, que el bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo plenísima potestad de jurisdicción sobre todos los fieles cristianos, y que toda la potestad de jurisdicción que en ciertas tierras y provincias y en diversas partes del orbe tuvieron Judas Tadeo y los demás Apóstoles, estuvo plenisimamente sujeta a la autoridad y potestad que el bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo sobre cualesquiera creyentes en Cristo en todas las partes del orbe; y que ningún Apóstol ni otro cualquiera, sino sólo Pedro, recibió plenísima potestad sobre todos los cristianos.
En segundo lugar, si has creído, sostenido o estás dispuesto a creer y sostener, con los armenios que te están sujetos, que todos los Romanos Pontífices que, sucediendo al bienaventurado Pedro, canónicamente han entrado y canónicamente entrarán, al mismo bienaventurado Pedro, Pontífice Romano, han sucedido y sucederán en la misma plenitud de jurisdicción de potestad que el mismo bienaventurado Pedro recibió del Señor Jesucristo sobre el todo y universal cuerpo de la Iglesia militante.
En tercer lugar, si habéis creído y creéis tú y los armenios a ti sujetos que los Romanos Pontífices que han sido y Nos que somos Pontífice Romano y los que en adelante lo serán por sucesión, hemos recibido, como vicarios de Cristo legítimos, de plenísima potestad, inmediatamente del mismo Cristo sobre el todo y universal cuerpo de la Iglesia militante, toda la potestativa jurisdicción que Cristo, como cabeza conforme, tuvo en su vida humana.
En cuarto lugar si has creído y crees que todos los Romanos Pontífices que han sido, Nos que somos y los otros que serán en adelante, por la plenitud de la potestad y autoridad antes dicha, han podido, podemos y podrán por Nos y por si mismos juzgar de todos como sujetos a nuestra y su jurisdicción y constituir y delegar, para juzgar, a los jueces eclesiásticos que quisiéremos.
En quinto lugar, si has creído y crees que en tanto haya existido, exista y existirá la suprema y preeminente autoridad y jurídica potestad de los Romanos Pontífices que fueron, de Nos que somos y de los que en adelante serán, por nadie pudieron ser juzgados, ni pudimos Nos ni podrán en adelante, sino que fueron reservados, se reservan y se reservarán para ser juzgados por solo Dios, y que de nuestras sentencias y demás juicios no se pudo ni se puede ni se podrá apelar a ningún juez.
Sexto, si has creído y crees que la plenitud de potestad del Romano Pontífice se extiende a tanto, que puede trasladar a los patriarcas, católicon, arzobispos, obispos, abades o cualesquiera prelados, de las dignidades en que estuvieren constituidos a otras dignidades de mayor o menor jurisdicción o, de exigirlo sus crímenes, degradarlos y deponerlos, excomulgarlos y entregarlos a Satanás.
Séptimo, si has creído y todavía crees que la autoridad pontificia no puede ni debe estar sujeta a cualquiera potestad imperial y real u otra secular, en cuanto a institución judicial, corrección o destitución.
Octavo, si has creído y crees que el Romano Pontífice solo puede establecer sagrados cánones generales, conceder plenísima indulgencia a los que visitan los umbrales (limina) de los Apóstoles Pedro y Pablo o a los que peregrinan a tierra santa o a cualesquiera fieles verdadera y plenamente arrepentidos y confesados.
Noveno, si has creído y crees que todos los que se han levantado contra la fe de la Iglesia Romana y han muerto en su impenitencia final, se han condenado y bajado a los eternos suplicios del infierno.
Décimo, si has creído y todavía crees que el Romano Pontífice puede acerca de la administración de los sacramentos de la Iglesia, salvo siempre lo que es de la integridad y necesidad de los sacramentos, tolerar los diversos ritos de las Iglesias de Cristo y también conceder que se guarden.
Undécimo, si has creído y crees que los armenios que en diversas partes del orbe obedecen al Romano Pontífice y con empeño y devoción guardan las formas y ritos de la Iglesia Romana en la administración de los sacramentos y en los oficios eclesiásticos, en los ayunos y en otras ceremonias, obran bien y obrando así merecen la vida eterna.
Duodécimo, si has creído y crees que nadie puede pasar por propia autoridad de la dignidad episcopal a la arzobispal, patriarcal o católicon, ni tampoco por autoridad de ningún príncipe secular, fuere rey o emperador, o bien cualquier otro apoyado en cualquier potestad o dignidad terrena.
Décimotercero, si has creído y todavía crees que sólo el Romano Pontífice, al surgir dudas sobre la fe católica, puede ponerles fin por determinación auténtica, a la que hay obligación de adherirse inviolablemente, y que es verdadero y católica cuanto él, por autoridad de las llaves que le fueron entregadas por Cristo, determina ser verdadero; y que aquello que determina ser falso y herético, ha de ser tenido por tal.
Décimocuarto, si has creído y crees que el Nuevo y Antiguo Testamento, en todos los libros que nos ha transmitido la autoridad de la Iglesia Romana, contienen en todo la verdad indubitable...