[De la Encíclica Sempiternus Rex, de 8 de septiembre de 1951]
Aun cuando nada prohíba que se hagan más profundas indagaciones acerca de la humanidad de Cristo por método y procedimiento psicológico; no faltan, sin embargo, en estos arduos estudios quienes abandonan más de lo debido lo antiguo, a fin de sentar nuevas teorías, y usan mal de la autoridad y definición del Concilio de Calcedonia, para apoyar sus propias elucubraciones. Éstos presentan el estado y condición de la humana naturaleza de Cristo de modo que parece considerársela como determinado sujeto sui iuris, como si no subsistiera en la persona del mismo Verbo. Ahora bien, el Concilio Calcedonense, en perfecto acuerdo con el de Éfeso, lúcidamente afirma que una y otra naturaleza de nuestro Redentor “concurren en una sola persona y subsistencia” [v. 148], y veda poner en Cristo dos individuos, de modo que se pusiera en el Verbo “cierto hombre asumido”, dueño de su total autonomía
PIO XII