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Bienvenido a QUMRÁN."La Iglesia - Ék-klessia-Esta integrada por los llamados aparte del Mundo por Dios y esta ha sido dividida en 1054 -Iglesia Católica e Iglesia Ortodoxa-. En 1516 por Martín Lutero - Iglesia Protestante- y en los siguientes años ha tendido ha desaparecer en lo referente a Historia, Liturgia y tradición por los embates de los llamados N M R -Nuevos Movimientos Religiosos-, portadores e influyentes sutíles de la llamada Nueva Era".Roberto Fonseca M.. Somos una fuente de información con formato y estilo diferente

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Bienvenido a Nomo QUMRÁN :"La Historia es una sola que se entré tejé con la económia,cultura,creencias, política y Dios la sostiene en el hueco de su mano y tú eres uno de sus dedos"

MISA FLEMENGA


De la potestad del Romano Pontífice


        (contra el febronianismo)
[Del Breve Super soliditate, de 28 de noviembre de 1786]
Y a la verdad, habiendo Dios puesto, como advierte Agustín, en la cátedra de la unidad la doctrina de la verdad, ese escritor funesto, por lo contrario, no deja piedra por mover para atacar y combatir por todos los modos esta Sede de Pedro; la Sede en que los Padres con unánime sentir veneraron constituida la cátedra en la cual sola había de ser por todos guardada la unidad; de la cual dimanan a todas las otras los derechos de la veneranda comunión; en la cual es preciso que se congregue toda la Iglesia, todos los fieles, de dondequiera que sean [cf. Conc. Vaticano, 1824]. Él no tuvo rubor de llamar fanática a la muchedumbre, a la que veía romper en estas voces a la vista del Pontífice: que éste era el hombre que había recibido de Dios las llaves del reino de los cielos con potestad de atar y desatar; aquel a quien ningún obispo se le podía igualar; de quien los obispos mismos reciben su autoridad, al modo que él mismo recibió de Dios su suprema potestad; que él a la verdad es el vicario de Cristo, la cabeza visible de la Iglesia, el juez supremo de los fieles. Así, pues —¡horrible blasfemia!— fue fanática la voz misma de Cristo, al prometer a Pedro las llaves del reino de los cielos con poder de atar y desatar [Mt. 16, 19]; llaves que, para ser comunicadas a los demás, Optato de Milevi, después de Tertuliano, no dudó en proclamar que sólo Pedro las ha recibido. ¿Acaso han de ser llamados fanáticos tantos solemnes y tantas veces repetidos decretos de los Pontífices y Concilios, por los que son condenados los que nieguen que en el bienaventurado Pedro, príncipe de los Apóstoles, el Romano Pontífice, sucesor suyo, fue por Dios constituido cabeza visible de la Iglesia y vicario de Jesucristo; que le fue entregada plena potestad para regir a la Iglesia y que se le debe verdadera obediencia por todos los que llevan el nombre cristiano, y que tal es la fuerza del primado que por derecho divino obtiene, que antecede a todos los obispos, no sólo por el grado de su honor, sino también por la amplitud de su suprema potestad? Por lo cual es más de deplorar la precipitada y ciega temeridad de un hombre que se ha empeñado en renovar con su infausto libelo errores condenados por tantos decretos, que ha dicho y a cada paso insinuado con muchos rodeos: que cualquier obispo está por Dios llamado no menos que el Papa para el gobierno de la Iglesia y no está dotado de menos potestad que él; que Cristo dio por si mismo el mismo poder a todos los Apóstoles; que cuanto algunos crean que sólo puede obtenerse y concederse por el Pontífice, ora penda de la consagración, ora de la jurisdicción eclesiástica, lo mismo puede igualmente obtenerse de cualquier obispo; que quiso Cristo que su Iglesia fuera administrada a modo de república; que a este régimen le es necesario un presidente por el bien de la unidad, pero que no se atreva a meterse en los asuntos de los otros que juntamente con él mandan; que tenga, sin embargo, el privilegio de exhortar a los negligentes al cumplimiento de sus deberes; que la fuerza del primado se contiene en esta sola prerrogativa de suplir la negligencia de los otros, de mirar por la conservación de la unidad con las exhortaciones y el ejemplo; que los pontífices nada pueden en una diócesis ajena fuera de caso extraordinario; que el Pontífice es cabeza que recibe de la Iglesia su fuerza y su firmeza; que los Pontífices tuvieron para si por licito violar los derechos de los obispos, y reservarse absoluciones, dispensaciones, decisiones, apelaciones, colaciones de beneficios, todos los demás cargos, en una palabra, que el autor registra uno por uno y denuncia como indebidas reservas, jurídicamente lesivas para los obispos.
PIO Vl, 1775-1799

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