(Para la canonización de San Udalrico)
...Por común consejo hemos decretado que la memoria de él, es decir, del santo obispo Udalrico, sea venerada con afecto piadosísimo, con devoción fidelísima; puesto que de tal manera adoramos y veneramos las reliquias de los mártires y confesores, que adoramos a Aquel de quien son mártires y confesores; honramos a los siervos para que el honor redunde en el Señor, que dijo: El que a vosotros recibe, a mí me recibe [Mt. 10, 40], y por ende, nosotros que no tenemos confianza de nuestra justicia, seamos constantemente ayudados por sus oraciones y merecimientos ante Dios clementísimo, pues los salubérrimos preceptos divinos, y los documentos de los santos cánones y de los venerables Padres nos instaban eficazmente junto con la piadosa mirada de la contemplación de todas las Iglesias y hasta el empeño del mando apostólico, a que acabáramos la comodidad de los provechos y la integridad de la firmeza, en cuanto que la memoria del ya dicho Udalrico, obispo venerable, esté consagrada al culto divino y pueda siempre aprovechar en el tributo de alabanzas devotísimas a Dios.
JUAN XV, 985-996